¿Cómo tributan en IRPF los bonos y ayudas recibidas

¿Cómo tributan en IRPF los bonos y ayudas recibidas?

Tanto en el 2022 como en el 2023, más de uno de nosotros habrá solicitado y recibido algunas de las ayudas publicadas por el Estado, ya sea la famosa ayuda de los 200 euros, el bono cultural o el bono de alquiler joven. 

Pues bien, si eres uno de los beneficiarios de estas ayudas recuerda que no sólo se queda en recibirlas también tendrás que declarar las ayudas en renta, aquí te explicamos como tributan cada una de ellas.

Ayuda de 200 euros por bajo nivel de ingresos

Es una ayuda que consiste en un pago único de 200 euros, para las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio.

A pesar de que entre sus requisitos se establece que los beneficiarios realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o sean desempleados inscritos en la oficina de empleo, sean beneficiarios o no de la prestación o subsidio por desempleo, debe tenerse en cuenta que la ayuda no deriva de la actividad económica o laboral desarrollada, ni se trata de una prestación por desempleo.

Por lo que su calificación a efectos del IRPF es la de ganancia patrimonial, al constituir una variación en el valor del patrimonio del contribuyente puesta de manifiesto por una alteración en su composición (incorporación del dinero en que consiste la ayuda) y no proceder dicha variación de ningún otro concepto sujeto por este Impuesto.

Se debe declarar en la renta en el período impositivo en que se haya producido el cobro de la ayuda y se integrará dentro de la Base Imponible General.

No obstante, si un contribuyente obtiene exclusivamente rendimientos del trabajo de un pagador por una cuantía inferior a 22.000 euros anuales y recibe esta ayuda, al ser por un importe inferior a 1000 euros anuales, no está obligado a presentar declaración.

Bono Cultural Joven

El bono cultural joven es una ayuda de hasta 400 euros que concede el Estado, a través del Ministerio de Cultura y Deporte, para facilitar el acceso de los jóvenes a la cultura.

Esta ayuda está sometida al IRPF en concepto de ganancia patrimonial y se integrará dentro de la Base Imponible General.

Respecto a cuándo debo declararlo, es importante recalcar que la mera concesión del bono no da lugar a la obtención de una ganancia patrimonial, pues el importe no agotado del bono se desactiva automáticamente una vez transcurrido el plazo de ejecución (1 año).

Sólo se deben integrar en la declaración de la renta en el ejercicio en que se hayan adquirido los productos, servicios y actividades culturales subvencionables, pues es cuando se entiende que se ha producido el cobro de la subvención.

No obstante, si un contribuyente obtiene exclusivamente rendimientos del trabajo de un pagador por una cuantía inferior a 22.000 euros anuales y recibe esta ayuda del bono cultural joven, al ser por un importe inferior a 1000 euros anuales, no está obligado a presentar declaración.

Bono Alquiler Joven

Las cantidades percibidas como bono alquiler joven, al igual que cualquier otra ayuda al alquiler similar, están sometidas al IRPF, en concepto de ganancia patrimonial que se integrará dentro de la Base Imponible General, salvo que resulte de aplicación la exención del artículo 7.y) de la Ley del Impuesto por tratarse de un beneficiario en quien concurra la condición de especial vulnerabilidad.

La imputación temporal de la ayuda deberá efectuarse en el periodo impositivo en el que tenga lugar su cobro.

 

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