¿Y si toca?
Si has adquirido algún décimo para el sorteo de Navidad de la Lotería Nacional, te recordamos que los premios de Loterías y Apuestas del Estado, Comunidades Autónomas, ONCE, Cruz Roja Española y entidades análogas europeas tributan en el IRPF a un tipo fijo del 20%.
No obstante, estos premios de lotería están exentos hasta 40.000 euros. Por lo que aquellos premios cuyo importe íntegro sea superior a 40.000 euros se someterán a tributación respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe.
Esta exención se aplica de forma independiente respecto de cada décimo, fracción o cupón de lotería o apuesta premiado. Así pues, en el caso de premios compartidos en los que el premio se reparte, la cuantía exenta prevista se prorrateará entre los cotitulares en función de la cuota que les corresponda.
Por ejemplo, si somos 4 amigos que compartimos un décimo y es premiado con 100.000 euros, a cada uno nos corresponderá un premio de 25.000 euros, siendo la cuantía exenta para cada uno de 10.000 euros.
La tributación individual sería de 15.000 euros (25.000 – 10.000 exentos). Siendo el neto que percibirá cada uno 12.000 euros (15.000- 20% / 15.000).
A la hora de cobrarlo, si el premio es de titularidad compartida, hay que identificar en el banco a cada ganador y su porcentaje de participación. Una vez hecho esto, los bancos transferirán la cantidad del premio una vez descontado el importe por el que se tributa en la cuenta de la persona que ya es titular de una cuenta en ese banco y que después repartirá según lo convenido.
Las entidades pagadoras de los premios estarán obligadas a realizar la retención de dicho 20% sobre la base imponible, de modo que en el momento del cobro del premio ya se encontraría descontada la cantidad que iría destinada a Hacienda y no habría obligación fiscal adicional.
Si el premio no es compartido, pero quieres “dar” parte del premio a tus hijos, por ejemplo, deberías indicar en el banco que es titularidad compartida con ellos para evitar que al repartirlo estés donando el dinero, lo que te obligaría al pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.